¿Cuándo hay que renovar el DNI?
El Documento Nacional de Identidad (DNI) tiene una validez limitada que depende de la edad del titular. Para menores de 5 años, la validez es de 2 años. Entre 5 y 30 años, es válido durante 5 años. De 30 a 70 años, tiene una validez de 10 años. Y a partir de los 70 años, el DNI se expide con validez permanente (no caduca).
La renovación debe realizarse cuando el documento ha caducado o está próximo a caducar. Se puede solicitar la renovación hasta 180 días antes de la fecha de caducidad. También es obligatorio renovarlo cuando se produce un cambio de datos personales (nombre, apellidos, sexo, nacionalidad), un cambio sustancial en la apariencia física que haga que la foto ya no sea identificativa, o cuando el documento se deteriora.
Es importante no confundir caducidad con pérdida o robo. Si has perdido el DNI o te lo han robado, el trámite es una duplicado, no una renovación, y tiene requisitos adicionales como la denuncia policial en caso de robo.
Conducir con el DNI caducado no es infracción de tráfico, pero identificarse ante las autoridades con un DNI caducado sí puede suponer problemas. Además, muchos trámites administrativos, bancarios y contractuales exigen DNI en vigor. La recomendación es renovarlo en cuanto se acerque la fecha de caducidad para evitar inconvenientes.
Documentos necesarios para renovar el DNI
Para la renovación estándar del DNI necesitas los siguientes documentos:
DNI anterior: es imprescindible aportar el DNI que se va a renovar, aunque esté caducado. Si no lo tienes porque lo has perdido, debes solicitar un duplicado y seguir un procedimiento diferente.
Una fotografía reciente: en color, tamaño carné (32x26 mm), con fondo blanco y uniforme, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros. La foto debe tener menos de 6 meses de antigüedad. Algunos estudios fotográficos certifican que la foto cumple los requisitos del DNI.
Justificante del pago de la tasa: actualmente la tasa de renovación del DNI es de 12 euros. Se puede pagar en entidades bancarias colaboradoras, en los cajeros automáticos de las oficinas de expedición, o mediante el impreso de pago que se obtiene en la propia oficina.
Certificado de empadronamiento: solo es necesario si ha cambiado el domicilio desde la última renovación. Si la dirección sigue siendo la misma, no se requiere.
En caso de menores de edad: deben acudir acompañados de uno de los progenitores o tutor legal con su DNI. Si el menor es mayor de 14 años, puede firmar por sí mismo.
Para personas con discapacidad: se puede solicitar la expedición a domicilio, siempre que se justifique la imposibilidad de desplazamiento.
Cómo renovar el DNI paso a paso
Paso 1: Obtener cita previa. Es obligatoria y se solicita a través de la web www.citapreviadnie.es, llamando al teléfono 060, o mediante la app de cita previa del DNI. Es necesario seleccionar la oficina de expedición y la fecha y hora disponibles. Consejo: las citas se liberan diariamente a primera hora; si no encuentras hueco, intenta a las 00:00 o a las 08:00.
Paso 2: Conseguir la fotografía. Acude a un fotógrafo profesional y pide una foto específica para DNI. Asegúrate de que cumple las medidas exactas (32x26 mm) y que tiene fondo blanco liso.
Paso 3: Pagar la tasa. Puedes hacerlo antes de acudir a la oficina en un banco o en el cajero de la propia oficina de expedición el día de la cita. El importe es de 12 euros.
Paso 4: Acudir a la oficina con toda la documentación. Preséntate puntual con el DNI anterior, la fotografía y el justificante de pago. En la oficina, se tomarán tus huellas dactilares y tu firma digital.
Paso 5: Recoger el nuevo DNI. En muchas oficinas, el DNI se entrega en el mismo día, normalmente en unos 30 minutos. En oficinas con alta demanda, puede entregarse en un plazo de 2 a 5 días hábiles. Te darán un resguardo que sirve como documento de identidad temporal.
El proceso completo en la oficina dura aproximadamente 15-30 minutos. La mayor dificultad suele ser obtener la cita previa, especialmente en grandes ciudades donde la demanda es alta.
Renovar el DNI online: ¿es posible?
A fecha de 2026, la renovación del DNI no se puede realizar completamente online. El motivo principal es que el proceso requiere la toma presencial de huellas dactilares y la captura de la firma manuscrita del titular, elementos biométricos que no pueden verificarse a distancia.
Sin embargo, varios pasos del proceso sí se pueden hacer telemáticamente: la solicitud de cita previa (en www.citapreviadnie.es), el pago de la tasa (mediante transferencia o pago electrónico), y la consulta del estado de la solicitud.
Desde 2020, la Policía Nacional ha implementado mejoras digitales como la posibilidad de obtener la fotografía directamente en la oficina de expedición mediante un sistema de captura fotográfica integrado. En algunas oficinas renovadas, este servicio está disponible gratuitamente, lo que elimina la necesidad de llevar foto impresa.
Lo que sí puedes hacer online es renovar los certificados electrónicos del DNI. El DNI electrónico (DNIe) contiene certificados de firma e identificación que caducan cada 24 meses (independientemente de la validez física del documento). Estos certificados se pueden renovar en los Puntos de Actualización del DNI (PAD), terminales disponibles en oficinas de expedición, comisarías y algunos organismos públicos, o desde tu ordenador si tienes un lector de tarjetas compatible.
Para el futuro, el Ministerio del Interior está desarrollando el DNI en el móvil (EU Digital Identity Wallet), que permitirá identificarse digitalmente, pero de momento la renovación del documento físico sigue requiriendo presencialidad.
Casos especiales: pérdida, robo, menores, residentes en el extranjero
Pérdida del DNI: si has perdido tu DNI, debes solicitar un duplicado. El procedimiento es similar a la renovación, pero además debes rellenar un formulario de pérdida que se facilita en la propia oficina. La tasa es la misma (12 euros). No necesitas denuncia policial para una pérdida, solo para robo.
Robo del DNI: en caso de robo, es imprescindible presentar denuncia ante la Policía Nacional o Guardia Civil antes de solicitar el duplicado. La denuncia se presenta junto con el resto de documentación. Es recomendable hacer la denuncia lo antes posible para evitar que se use fraudulentamente tu identidad.
Menores de 14 años: los menores de 14 años no están obligados a tener DNI (salvo para viajar al extranjero), pero sí pueden tenerlo. Deben acudir acompañados de uno de los progenitores o tutor legal, que deberá identificarse con su propio DNI. Se requiere certificado de nacimiento o libro de familia.
Españoles residentes en el extranjero: pueden renovar su DNI en los consulados y embajadas de España. El procedimiento es similar pero los plazos de expedición son más largos (hasta varias semanas). Es aconsejable consultar el consulado correspondiente para verificar requisitos específicos y solicitar cita. La web del Ministerio de Asuntos Exteriores (www.exteriores.gob.es) detalla las oficinas consulares habilitadas.
Personas con movilidad reducida: la Policía Nacional dispone de un servicio de expedición a domicilio para personas que, por enfermedad o discapacidad, no pueden desplazarse. Se solicita a través del 060 o directamente en la comisaría más cercana.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda renovar el DNI?
Coste de la renovación: la tasa oficial es de 12 euros (tarifa vigente en 2026). Este importe cubre tanto la renovación como la expedición de duplicados por pérdida o deterioro. Para el primer DNI de menores de 14 años, el trámite es gratuito.
Formas de pago: en el cajero automático disponible en las oficinas de expedición (aceptan tarjeta bancaria), mediante el impreso de tasas en entidades bancarias colaboradoras, o por pago electrónico en la sede del Ministerio del Interior.
Tiempo para obtener cita: es la variable más impredecible. En ciudades como Madrid o Barcelona, puede ser necesario esperar de 2 a 6 semanas para conseguir cita. En ciudades medianas, la espera suele ser de 1 a 2 semanas. En municipios pequeños, es posible obtener cita en pocos días.
Tiempo de expedición: una vez en la oficina, el proceso dura unos 15-30 minutos. En la mayoría de oficinas, el DNI se entrega en el mismo día. En oficinas con alta carga de trabajo, se puede retirar en 2 a 5 días hábiles. Durante la espera, te entregan un resguardo válido como documento de identidad provisional.
Validez del nuevo DNI: el documento renovado tiene la validez estándar según la edad del titular (5 años para menores de 30, 10 años de 30 a 70, permanente a partir de 70).
Consejo práctico: para evitar largas esperas por cita, planifica la renovación con al menos 2-3 meses de antelación respecto a la fecha de caducidad. Si necesitas el DNI urgentemente (por ejemplo, para un viaje), puedes acudir a la oficina y explicar la situación; en casos justificados de urgencia, algunas oficinas atienden sin cita.
Preguntas frecuentes sobre la renovación del DNI
¿Puedo viajar con el DNI caducado? Dentro de España no necesitas DNI para desplazarte, pero para viajar a países de la UE y del Espacio Schengen necesitas DNI o pasaporte en vigor. Algunos países aceptan el DNI caducado en los 5 años siguientes a su caducidad (según normativa de la UE sobre la extensión de validez de las CNI), pero no es recomendable confiar en ello.
¿Puedo renovar el DNI en cualquier ciudad de España? Sí, no es necesario acudir a la oficina de expedición de tu municipio de residencia. Puedes renovarlo en cualquier oficina de expedición del territorio nacional.
¿Qué pasa si mi DNI tiene más de 10 años de caducado? El procedimiento es el mismo, pero es posible que te pidan documentación adicional como certificado de nacimiento para verificar tus datos.
¿El DNI electrónico y el DNI son lo mismo? Sí. Desde 2006, todos los DNI expedidos en España son electrónicos (DNIe). Incorporan un chip con certificados digitales que permiten identificarse y firmar electrónicamente.
¿Puedo renovar DNI y pasaporte a la vez? Sí, si solicitas cita para ambos documentos en la misma oficina. Necesitarás dos fotos y pagar las tasas de cada uno por separado (12 euros el DNI, 30 euros el pasaporte).
¿Qué hago si no puedo ir personalmente? Salvo excepciones por discapacidad o enfermedad acreditada, la renovación es presencial e intransferible. No se puede delegar en otra persona ni hacerla por poderes.